martes, 13 de abril de 2010

1º ESCRITO DE ALEGACIONES PRESENTADO ANTE FUNCIÓN PÚBLICA

ILMO. SR. JUAN MANUEL SANTANA PÉREZ
DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DE CANARIAS




ASUNTO. Alegaciones al borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria


Los abajo firmantes, todos ellos empleados públicos sin distinción alguna, a la vista del borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria. Una vez leído y debatido. Una vez obtenido el asesoramiento jurídico, en atención al escaso tiempo disponible. Una vez repuestos de la sorpresa, sin todavía asimilar el silencio de su gestación, ante Usted en uso de la libertad de expresión y, como mejor proceda en derecho,

Ponen en su conocimiento las siguientes conclusiones:

1.- Que tiene serios visos de inconstitucionalidad en tanto en cuanto trasmuta, con carácter forzoso, el vínculo laboral en funcionarial además, imponiendo arbitrariedad y, a sabiendas de que causa la extinción del contrato de trabajo en manera y forma no existente ni, en el Estatuto de los Trabajadores ni tampoco, en el Estatuto Básico del Empleado Público.

2.- Se desprende también de su lectura que, no contento con lo relatado en el párrafo anterior fuerza al empleado público a optar a su propia plaza a través de los mecanismos que impone a sabiendas de que, de acceder a la pretensión, está suponiendo una rescisión acordada del contrato de trabajo con la inmediata perdida de todos sus derechos laborales ganados, tras años de buen hacer como empleado público de vinculo laboral y sin derecho a indemnización alguna.

3.- Siendo el Estatuto Básico del Empleado Público una norma que viene a facilitar la coexistencia y cabida de los tres grandes colectivos de empleados públicos a saber; los de vinculo laboral, funcionarial y estatutario, siendo además una norma, para la generación y consolidación de empleo de calidad, estableciendo las bases para una reordenación de las Administraciones Públicas bajo el principio de voluntariedad, en evitación de un uso pernicioso del mismo.

El pretendido texto legal que nos ocupa, y a pesar de hacer constantes referencias al Estatuto Básico del Empleado Público desprende precisamente, una manipulación interesada del mismo en pro del desempleo, sin respetar, ni tan siquiera, el derecho a la estabilidad en el empleo que, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores posee el personal laboral, y sin embargo y a través de una actuación discriminatoria hacía estos empleados públicos de vínculo laboral los subdivide en distintos tipos de relación contractual que, esa propia Dirección General de la Función Pública, ha venido gestando y/o provocando desde la misma existencia del Convenio Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

4.- De su lectura, también se desprende, un desprecio absoluto hacia el Convenio Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias en cuanto tiene

fuerza vinculante entre esa Dirección General y el Colectivo que ampara, toda vez que, dicho texto tiene carácter Normativo hecho este, constatado por Sentencia del Tribunal Constitucional 238/2005 que a Usted no se le debe esconder.

Cercena procesos iniciados y no terminados de consolidación de empleo, representa una burla hacia los órganos de representación de los trabajadores en cuanto que, provoca un cambio sustancial de las condiciones de trabajo con grave y serio riesgo de perdida de empleo, sin atenerse a la correspondiente participación de los mismos además, en tiempo y forma.


5.- Se observa que, el borrador de la futura Ley de la Función Pública Canaria pretendiendo ser un texto legal resulta más cercano a un posible, expediente de regulación de empleo encubierto y, con intenciones de gratuidad.

Por todo,

Queremos manifestar nuestra más contundente oposición al mismo.

Con la misma fuerza le hacemos saber que, nos reservamos el derecho constitucional a realizar cuantas acciones sociales preventivas podamos emprender a los efectos de que ni tan siquiera, alcance a ver la luz parlamentaria.

Todo ello porque nos asiste el derecho constitucional a un puesto de trabajo que, aún hoy es nuestro, porque no solo no sentimos complejo alguno, de nuestra condición de Empleados Públicos de vínculo laboral sino que, llevamos años de trabajo demostrando, a través de los hechos, que hacemos funcionar muchas áreas de esa función publica de la que hoy, es Usted nuestro Director General.

Porque somos conscientes de que en nuestro poder no está la gestión, ni buena ni mala de los fondos públicos y por tanto, nos oponemos a que se atisbe siquiera, amortizar con nuestro pan y el de nuestras familias, cualquier déficit público que nosotros no hemos generado.

No queremos despedirnos sin agradecerle eso sí, el detalle que ha tenido al enviar el borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria a través de un correo masivo. Es el único detalle participativo que hay en esta triste historia.
Reciba Usted un cordial saludo.

En Santa Cruz de Tenerife a de abril de 2010