viernes, 21 de mayo de 2010

A LOS SINDICATOS

Con fecha 21 de mayo de 2010 tiene entrada en los respectivos registros de los sindicatos que se refieren, el presente escrito acompañado de 11 páginas de firmas con el fin de incitarlos a tomar parte activa, representativa, efectiva,preventiva y participativa ante el borrador de la Ley de la Función Pública Canaria.



A LOS SINDICATOS,
CC.OO. CANARIAS.
U.G.T CANARIAS.
S.E.P.C.A.
INTERSINDICAL CANARIAS



Los empleados públicos abajo firmantes, de todo vínculo, índole y condición, ante Ustedes y cansados de ver como se nos viene encima un momento histórico cual es, una pugna definitiva frente al futuro que se nos pretende imponer con absoluta impunidad no solo para nuestros puestos de trabajo, que también, sino para el diseño de un nuevo, y politizado, ejercicio de la función pública que afectará a las generaciones venideras; queremos gritarles:

Es qué no saben que tienen ustedes una triple, y vinculante condición; Empleados públicos, ciudadanos y sindicalistas. Lo que les exige una triple responsabilidad.

Es qué no basta la hostilidad de la nueva Ley para con los empleados públicos.

Es qué piensan Ustedes que el nuevo borrador va a mermar sustancialmente, esa agresión que representa.

Es qué no ven, a través de la prensa, lo que está ocurriendo; No han leído el “se acabó la fiesta”. No es suficientemente clara la intencionalidad.

Es qué no les motiva en absoluto, la aberración que supone que se quiera controlar la independencia del empleado público, como garante de la igualdad ante la Ley de todos los ciudadanos, a través de la discrecionalidad política en la evaluación del desempeño de su función.

Es qué no son Ustedes conscientes de la manifiesta mala fe de quienes nos gobiernan. Es que no los ven, unos detrás de otros, ante los juzgados.

De verdad creen aún, que no estamos hablando de un ERE encubierto. Están Ustedes esperando, a que todo ocurra, para reaccionar.

Nosotros esperamos una respuesta propia de un Agente Social esto es, basta la duda para intervenir y, hay mucho más que dudas. Se da la certeza de que se nos quiere agredir desde todos los ámbitos, a nosotros y a la ciudadanía.

No queremos que actúen como Asesorías Jurídicas, Ustedes no lo son. Abogados hay montones, Sindicatos que estén respondiendo debidamente, ninguno.

Es qué no se van a convocar las asambleas generales que se acordaron. Es qué no se va a concensuar en esas asambleas una idea de acción y postura común. Es qué los trabajadores tienen que autoorganizarse. Es qué Ustedes no quieren aceptar el momento que les toca vivir.

No queremos Sindicatos con posturas distintas y divididos, queremos unidad en la convicción y en la acción. Sindicatos capaces de estar por encima de las miserias individuales. Queremos acción Sindical sumatoria y multiplicadora.

No queremos ideas de cuatro, queremos ser partícipes de nuestro destino y por tanto, ser parte de las decisiones que se tomen.

No queremos poderes mediáticos entre la administración y nosotros, porque nosotros somos los Sindicatos.

Queremos confirmar de una vez por todas si estamos representados o no. Queremos saber qué tipo de representación tenemos y si somos parte o no. Queremos saber si es qué los Sindicatos que conocemos están ya, caducos o prisioneros y si es necesario crear otros.

No queremos sus decisiones, queremos nuestras decisiones a través de Ustedes porque es así, como debe operar un Sindicato que se precie de serlo.

miércoles, 19 de mayo de 2010

Perplejidad X 5%

Esta plataforma está perpleja porque, a nivel estatal y ante más de cuatro millones de parados los sindicatos mayoritarios no habían dicho ni pio.
En todo el estado español, el premio por dejar una vida de trabajo en pro de su país, es una miseria materializada en una pensión baja y ni pio salvo, pomposas salidas a escena acompañados del ministro de turno para decir que, la ridícula subida de cualquier año aumenta el poder adquisitivo de los pensionistas.

Aquí en Canarias, más del 20% de la población activa en paro y ni pio. Los empleados públicos teniendo que autoorganizarse ante el borrador de la nueva ley de función pública por su marcada hostilidad en cuanto que, es una incitación al despido y a la politización de la función pública canaria y los sindicatos mayoritarios ni pio.

Esta plataforma aún está perpleja ante la respuesta de los sindicatos mayoritarios frente al anuncio de ZP de minorar en un 5% los salarios de los empleados públicos dentro de la reducción del gasto. Entonces y de pronto dicen los sindicatos mayoritarios que, planea sobre España una huelga general.

En fin, estaremos a ver que pio suena ahora por si nos sumamos, o nos seguimos autoorganizando.

Es por eso que entregamos el siguiente comunicado al ciudadano que nos mira, con desden o con curiosidad, durante nuestra pionera y ya madura ,concentración diaria frente a nuestro centro de trabajo;



Plataforma

FUNCIONARIZACIÓN, GRACIAS NO

Solo le pedimos que antes de criticarnos lea lo que sigue y recuerde, que mañana, un ser querido suyo puede ser empleado público.

Si nos descuentan el 5% de nuestros salarios queremos que sea para los pensionistas, sobre todo para los de renta baja pues, merecen nuestro reconocimiento y una última etapa lo más tranquila posible después de una vida de trabajo para, entre otras muchísimas cosas, haber dibujado un mundo que los banqueros, explotadores y políticos se han encargado de estropear. Y estaremos atentos a que nuestro sacrifico económico de hoy, no esté también mañana, ante los juzgados.

Cuando nos mire sepa usted que nos concentramos porque queremos que se anule un borrador de Ley de la Función Pública que pretende;

• Despedir empleados públicos para pagar despilfarros económicos de los señores políticos.
• Allanar el campo para mañana dar dinero público a más amigos.
• Politizar la función pública para que mañana ya nadie les pueda toser ante sus abusos.

Gracias.
http://funcionarizaciongraciasno.blogspot.com/

sábado, 1 de mayo de 2010

En lo que se refiere a los Empleados Públicos de vínculo laboral nuestra propuesta de mínimos es,

No podemos fiarnos de un texto que pretende ser una Ley y es que de inicio, ya no nos fiamos de aquel que nos lo presenta esto es, Función Pública.

No podemos fiarnos de quien, desde el año 1987 hasta hoy, no ha dado cumplimiento al Convenio Colectivo en cuanto que, este último establece claramente un concurso de traslado, una promoción interna y una oferta de empleo público, cada año. Para las sustituciones o necesidades de urgencia, las listas de reserva.

Dichos incumplimientos y en atención a tanto disparate, dieron y dan lugar, a una multitud de formas de relación contractual, todas ellas en fraude de ley siendo el mayor de todos, la manifiesta y constante burla del Convenio en cuanto que, tiene carácter normativo.

Así las cosas, el aluvión de sentencias favorables a los trabajadores dejó patente el mal hacer de la Función Pública por lo que se acordó para, no judicializar (o lavarse la cara), materializar la consolidación de empleo a través de un pacto social al que se dio en llamar, Plan de Empleo Operativo.

Y los que ya eran fijos, sin el apellido “indefinido”, supieron esperar a que este plan se desarrollara en pro, de la cantidad de compañeros que entendieron, tenían derecho a ser tratados con dignidad y a consolidar sus puestos de trabajo.

Una Función Pública que, después de hacer la única promoción interna en muchos años va y hace firmar un contrato, a esos fijos que promocionaron poniéndoles el apellido de “indefinidos”. Más o menos, cabe deducir un burdo intento de socavar el derecho que asiste al fijo sin más, debe ser como castigo por promocionar. A la espera están, por si observan algún movimiento extraño, presentar sendas y colectivas demandas.

Hoy, Función Pública nos viene con un borrador que pretende ser Ley y nada menos que, con una redacción más propia de una mala intención, sustituir a la actual y seria Ley 2/1987 de la Función Pública Canaria a la que también, han ninguneado.

En el ámbito que nos ocupa, lo primero que debe sospecharse es que vulnera el principio de un estado de derecho esto es, la irretroactividad de una ley en cuanto que, viene a definir con carácter retroactivo y penoso, los tipos de relación contractual como les da la gana y además, con amenaza clara y de forma soterrada de, perdida del puesto de trabajo de no sabemos aún, que afectados.

Empieza estableciendo tres tipos de relación contractual unos, los fijos indefinidos (siendo su duración indefinida en el tiempo). Aquí parece que se olvida de los fijos, sin más ¿Es algo intencional o un despiste?. Y no es lo mismo fijo, que fijo indefinido.

Como decíamos, se refiere al primero de los tres tipos que define como, los que han superado pruebas selectivas expresas. No se sabe a que se refiere. Desde luego, y sin ir más lejos, en el párrafo anterior ya confunde al preestablecer textualmente “En función de la duración del contrato el personal laboral podrá ser fijo, temporal o por tiempo indefinido”. ¿En qué quedamos?.

El otro grupo son los temporales.

Y todo lo que resta, sentencias y reconocimientos de la propia administración, no se sabe a que se refiere esta última modalidad si, al reconocimiento del plan de empleo operativo si, a una nueva modalidad contractual o qué. Porque cuando te vas a las adicionales decimocuarta y decimosexta ya no sabes de quien se está hablando. Solo tienes clara una cosa, monta tal batiburrillo que mañana, pueden echar a cualquiera pues, a todo esto se suma que funcionarizan las plazas que quieren, de manera forzosa, poniendo en práctica una suspensión unilateral de contrato nueva e inexistente en la normativa laboral, para la que no es competente la Administración Autonómica

Por todo ello, nos oponemos a un texto que lo único que hace es, burla de los empleados públicos de vinculo laboral, transformándolos de forma incalificable, en victimas propiciatorias de los malos modos de gestionar fondos públicos que, han generado el déficit que les asusta eso sí, sin desmontar sus chiringuitos. Porque nosotros tenemos el sueldo congelado desde hace mucho pero ellos, se los han subido sobradamente ante las perspectivas de entonces y que hoy, tenemos como realidad.

Por eso nos denominamos FUNCIONARIZACIÓN, GRACIAS NO. Porque ese camino es la trampa para meternos en lo que pretenden sea, un expediente de regulación de empleo encubierto. Y montan todo este difuso borrador de Ley para que nos multidividamos, nos comamos unos a otros sacando lo peor de nosotros en un intento de alcanzar el favor de los tiranos. Y es que, con tanto tipo de relación contractual desconocemos nuestras perspectivas de derecho arropándose entonces ellos, el poder de decir quien si y, quien no.

Nuestra propuesta de mínimos es,

En primer lugar, por derecho propio y a los efectos del Estatuto Básico del Empleado Público entendemos fijos (no fijos indefinidos) a quienes consolidaron sus puestos de trabajo bien por sentencia o bien, por el Plan de Empleo Operativo (PEO) pues, ambos dos grupos, están íntimamente relacionados. Los une que, son consecuencia directa de la cantidad de fraude de Ley que ha generado la propia Función Pública bien por acción o, por omisión.

En segundo lugar, todos los temporales que durante más de tres años continuados, han estado esperando lo contemplado en el P.E.O. tienen derecho a consolidar sus expectativas de empleo.

En tercer lugar debe terminarse de una vez, con la contratación temporal para sustituciones o necesidades de urgencia y poner en marcha, obligatoriamente, las listas de reserva con la seriedad con el que figura, ese instrumento, en el Convenio Único.

En cuarto lugar, dar debido cumplimiento a la Disposición Transitoria Tercera del E.B.E.P. en cuanto que, la funcionarización será voluntaria en el modo meridianamente claro de que, la plaza no será funcionarizada sino que, será opción del titular de la misma.

• CUANDO UN LEGISLADOR NO TIENE NADA QUE ESCONDER, REDACTA TEXTOS LEGALES CLAROS. CUANDO SU INTERES ES OSCURO, IMPERATIVAMENTE ELABORA UN TEXTO CONFUSO.

NO OBSTANTE RECHAZAMOS DE PLENO EL BORRADOR DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA QUE SE NOS PRESENTA PUES, ES LESIVO NO SOLO PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS SINO TAMBIÉN, PARA LA CIUDADANIA EN GENERAL EN CUANTO CREA INSTRUMENTOS QUE PUEDEN DISTORSONAR LA IGUALDAD DE TODOS ANTE LA LEY IMPONIENDO UN CONTROL POLÍTICO A LA APLICACIÓN DE LAS MISMAS

miércoles, 28 de abril de 2010

LA FIESTA SOSTENIBLE DEL MUY ILUSTRÍSIMO INTERVENTOR GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

LA FIESTA SOSTENIBLE DEL MUY ILUSTRÍSIMO INTERVENTOR GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS


El día 21 de abril de 2010, en la pagina 20 de, el periódico el Día, el muy Ilustrísimo Interventor General de la Comunidad Autónoma de Canarias publicó un artículo suyo al que puso por titulo “Se acabó la fiesta”.

Recomendamos su lectura pues, da una lección soberbia de economía sobre la actual crisis socioeconómica que vivimos en Canarias y hasta explica, porqué se da y asegura, que esa fiesta se acabó.

Este señor hace, una correlación tal de hechos, que los empleados públicos aparecen de festejo y encantados porque, como ZP no da dinero para seguir la fiesta, pueden terminar tumbados en “playa paro”.

Y oiga, si fiesta es la crisis y ésta se acabó, pues bienvenida sea la buena nueva que nos da el Ilustrísimo Señor. Pero claro, como nosotros no fuimos a las fiestas de las que, solo sabemos por noticias del mundo rosa,

La fiesta del Faycan.
La fiesta de las Teresitas.
La fiesta del Fraisan.
La fiesta de la Góndola.
La fiesta del Icfem.
La fiesta de la Unión.
La fiesta del Arona.
La fiesta Eolica.
La fiesta del Jable.
La fiesta de Alcampo.
La fiesta de los Sebadales.
La fiesta de Tebeto.
La fiesta de la Mareta.
La fiesta de los Frontones.
La fiesta del Bango.
La fiesta de montaña Tindaya.
Y otras muchas verbenas conocidas y por conocer.

Pues nada, como ni las olemos, a los empleados públicos que nos registren o sea, no se nos puede acabar ninguna porque, en ninguna hemos estado.

Eso sí, nosotros, cuando hacemos una fiesta, la pagamos de nuestro bolsillo.

viernes, 16 de abril de 2010

S I Q U E R E M O S, P O D E M O S

QUE PODEMOS HACER


Como colectivo de empleados públicos, de vínculo laboral, podemos tener mucha fuerza y, para ello hemos de instrumentalizar dos maneras de intervenir;

• En el ámbito de lo jurídico.
• En el ámbito de lo social.


En el ámbito de lo jurídico.

Si tenemos que actuar en el ámbito de lo jurídico será porque ya nos han arrebatado nuestras plazas pues, hasta que no haya una acción efectiva de la Ley no podemos darnos por dañados, en el sentido estricto del derecho. O sea, que hoy por hoy las estamos viendo venir pero, aún no ha llegado. No obstante decir que, según un importante gabinete jurídico que ha emitido informe, la futura Ley tiene muchos visos de ilegalidad y por tanto, las acciones jurídicas futuras que emprendiésemos tendrían posibilidad de prosperar pero, ya sabes de la lentitud de la justicia y la oxidación que producen los elementos en el tiempo.

SIN EMBARGO HOY, LA PLAZA ES TUYA Y SE TRATA DE NO PERDERLA

“MÁS VALE PREVENIR QUE CURAR”

En el ámbito de lo social.


Vamos al ámbito de lo social para ello, tenemos que comprender que estamos ante un borrador de anteproyecto de Ley esto es, tiene que pasar por el Parlamento. Que significa tal cosa, pues que no es algo de hoy para mañana por un lado y por otro, que nuestra fuerza estará basada en la repercusión que podamos tener en las futuras elecciones, así las cosas:

Podemos entender dos tipos de acciones;

• Sostenibles.
• Puntuales.

Sostenibles:

Este tipo de acción se basa fundamentalmente, en la circulación de la información que tenemos, y que tengamos, según nos vayamos coordinando. Si bien, ahora que empezamos a organizarnos, la información es confusa y difusa lo cierto es que, ya hemos roto el silencio en el que todo se venia cuajando.

Este tipo de acción tendrá como resultado, que los empleados públicos de vínculo laboral tengamos formada una opinión sostenible que, no puede ser otra más que, no queremos que se funcionarice ni una sola de nuestras plazas toda vez que, ello supone la extinción unilateral y forzosa de nuestro contrato quedando así, al libre albedrío de la Administración.

Todos, como colectivo, estamos afectados por igual. Y no olvides que ya engañaron a los sindicatos haciéndoles creer que pasaríamos a funcionarios con superar un curso. Pues mira la Ley que se nos viene encima.

Recoge firmas de todos los afiliados al sindicato en el que tú estés. Obliga a tu sindicato a convocar asambleas generales. Vete a las asambleas y habla sin miedo. Si no tienes afiliación entonces, recoge igualmente firmas y mándalas al sindicato que te parezca. Exige una y otra vez, no temas insistir. Insiste en esas asambleas y/o escritos en que ningún sindicato puede negociar nada sin contar con las asambleas. No escuches a quien te diga que, menos da una piedra, es la teoría de los débiles o de los estómagos agradecidos. Tu plaza es tuya, que nadie negocie con ella o, perderás parte de tus derechos o todos.

Es vital que tengas buena información y que la hagas circular. Hazlo entre compañeros, entre jefes. Hazlo a todos los niveles y muy importante, hazlo con cortesía, veras que ello te llenará de valentía.

Nuestra fuerza radica en que seamos capaces de concentrar la información y tener una única e imparable causa para nuestra total convicción.

Pero nada de esto se podrá hacer si tú no asistes a las asambleas, donde nos podemos ver y acordar acciones. Nada se podrá hacer si no exiges a tu sindicato que convoque esas asambleas. Nada se podrá hacer si te dejas llevar por la gente que antes de empezar ya se rindió. Nada podremos hacer si te dejas llevar por compañeros que no se quieren mover y que te dan las mil y una excusas. No te enfades con ellos, limítate a ser amable y transmitir la buena información que tengas, esto es muy importante, no discutas solo transmite. A muchos de ellos, el día menos pensado, los veras al lado tuyo.

Podemos hacerlo, y la unificación de la información nos hará conocer la realidad que hoy nos quieren imponer. Si conseguimos crear una idea común entonces, en cualquier momento, podremos hacer cualquier,

Acción puntual:

Si ahora hiciéramos algunas concentraciones sin tener información unificada, conciencia colectiva y postura consolidada lo único que conseguiríamos es agotar nuestra fuerza. Pero si nuestra acción sostenible funciona, y podemos hacerlo, entonces;

Podemos señalar puntos de encuentro masivos, el primero de todos las asambleas en las que debes manifestarte sin timidez, estás defendiendo tu puesto de trabajo. Ante el Parlamento. Ante la Función Pública. Podemos diseñar campañas, o cualquier otra idea. En cualquier caso, todo lo que hagamos, será efectivo porque seremos capaces de demostrar nuestra fuerza, a través de nuestra masiva y convencida presencia en cada acto que diseñemos.

Asiste a las asambleas y exige que sean de las 9 a las 14 horas que, nuestro puesto de trabajo bien merece el tiempo que sea necesario. Asiste, aunque no quepamos en el salón de actos.

Tenemos que darnos fuerza a nosotros mismos ante la Administración y ante los sindicatos para que no se dejen engañar sentándose a negociar sobre la base de esta Ley.

A los efectos, sería como si nos arrebataran nuestra casa y luego, nos pusiéramos a negociar y saliésemos contentos con una sola habitación o con ninguna.

NO, BAJO NINGUN CONCEPTO, PUEDEN NEGOCIAR TAL COSA

No olvides algo que es exclusiva responsabilidad tuya y es que podemos llegar, incluso sin los sindicatos, sencillamente en nuestra doble condición de ciudadanos y empleados públicos, a formar un grupo de presión en todos los sentidos, incluido, el de la suma de votos para las próximas elecciones. Esto lo hacen en EE.UU. tienes que tener en cuenta que cada uno de nosotros puede representar al meno seis votos esto es; marido, novio, hermano, amigo etc.

Es vital tener una idea común que nos una a todos y por encima de miserias personales. Debes saber que cualquier organización puede hacer algo peor que las cosas mal y es hacerlas de forma dividida.
Si fallamos en algo lo corregimos. Si nos dividimos lo tenemos perdido todo desde ese momento

Si quieres ponte en contacto con esta plataforma. Nosotros ya tenemos este blog que, es un maravilloso medio de comunicación. Lo importante es que te muevas, que tengas ideas y las aportes. No sabemos cuantas cosas se podrán hacer pero, caminante no hay camino se hace camino al andar y es bueno que la Función Pública sepa que andamos.



S I Q U E R E M O S, P O D E M O S

LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EXIGEN MAYOR ÉTICA AL GOBIERNO AUTONÓMICO

LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EXIGEN MAYOR ÉTICA AL GOBIERNO AUTONÓMICO


Son ellos los que lo han sacado a la luz pública en los periódicos del día 25 de abril de 2010. Nosotros leímos la Opinión.

El titular es:

El Gobierno de Canarias exige más rendimiento a sus funcionarios
Un trabajador será apartado del servicio por negligencia o por incumplir órdenes.

El Articulo ya comienza mal pues habla de los funcionarios del gobierno regional y cita una cantidad “casi 100.000 funcionarios” dice luego “que trabajan para las Administraciones isleñas”.
Es el primer hecho de dudoso honor. Mezclar cifras haciendo creer al ciudadano que, solo para el gobierno regional somos cien mil.
Más adelante dice
“establece un amplio régimen disciplinario en el que un empleado público puede ser apartado del servicio por no cumplir sus funciones, por negligencia a la hora de desempeñar las tareas encomendadas o por desobedecer las órdenes de un superior”
“El texto legal establece cortapisas a la carrera profesional y al incremento en el nivel retributivo de los funcionarios si no rinden lo suficiente.”

“En el caso de que el trabajador no supere los criterios de evaluación de desempeño establecidos puede perder la categoría, lo que llevaría aparejado también una reducción del salario. Asimismo, se enumera un amplio catálogo de principios de conducta …………………….”

“La Administración tendrá la potestad de nombrar a directivos profesionales, …………… misión principal la ejecución de las medidas y tareas encomendadas en cada departamento para lograr los objetivos incluidos en la evaluación del desempeño. Los directivos profesionales pueden ser funcionarios de carrera o personas designadas por criterios políticos.”
Muy bien, analicemos esta información.
Primero debe quedar claro que una Administración pública no es una fábrica por ejemplo, de producción de palillos en la que, se pueden contar cuantos hace cada trabajador al día.
No señor, un empleado público está obligado a la observancia de la norma que corresponda en cualquiera de sus cometidos pues, existe un principio constitucional que dice que todos somos iguales ante la Ley. Es cuando algún empleado público incumple una Ley, en el trámite en el que intervenga, cuado debe ser sancionado o incluso, demandado ante la justicia según el caso. Y no hay nada que moleste más a un político que un empleado público le ponga delante la ley cuando quiere saltársela.
No es nada nuevo bajo nuestros pies. Podemos leer en la Biblia que Jesucristo afirmó – Cuidaos de los fariseos que dictan leyes que ellos no cumplen – que cuelan mosquitos y dejan pasar camellos-.
Que se lea o se oiga, en los medios de comunicación, y con mucha frecuencia, a los juzgados siempre van Políticos supuestamente perversos. Quizá, en alguna ocasión, algún empleado público que generalmente tenía relación con el Político supuestamente perverso ha caído ante la justicia.
Así las cosas se pueden leer lindezas en las que cabe sintetizar en que, los empleados públicos van a ser evaluados en su trabajo y sancionados con perdida de salario y/o categoría profesional si no cumple las órdenes que se les den, encaminadas a la ejecución de las medidas y tareas encomendadas. Para vigilar y evaluar al empleado público nombrarán directivos profesionales que pueden ser funcionarios de carrera o personas designadas por criterios políticos.

Bien, aquí también es bueno poner en claro que, cuando un partido político gana las elecciones y conforma un gobierno son, esos políticos, los que diseñan las políticas que quieren emprender así por ejemplo: Diseñan políticas que mejoren el área de salud. De vivienda. De industria y también de otras áreas. Pero todo y siempre, desde la observancia de la ley pues, acaban de formar un gobierno y no una comisión de festejos.

Al primer principio que se someten es, a saber que todos los ciudadanos son iguales ante la ley (Se sonríe Usted, nosotros también).

Esto es así porque de lo contrario darían, licencias de obra por ejemplo, solo a sus amigos. O en definitiva habrían obtenido el poder para favorecer solo a los que estuvieran con ellos.

Y hete aquí que, la brillante solución del Gobierno Autonómico Canario que está fraguando está ley, es la de poner a controlar el trabajo de un empleado público a personas designadas por criterio político.

El ejemplo más cercano es que, imagine Usted que se enfrentan dos equipos de fútbol pero, con la siguiente particularidad:

En el campo, cada presidente de cada club, coloca su propio árbitro y además está el árbitro oficial.
¿Cómo cree Usted que acabará el partido?. Seria un caos.


Ahora le vamos a poner un supuesto como ejemplo claro del ejercicio del empleo público:

Recuerde y piense que ese empleado público puede ser, hoy o mañana, cualquier ser querido suyo.
Y recuerde también lo que refiere la Ley que están haciendo, “un empleado público puede ser apartado del servicio por no cumplir sus funciones, por negligencia a la hora de desempeñar las tareas encomendadas o por desobedecer las órdenes de un superior”
Pongamos que a una subvención se presentan dos entidades aspirantes.
Se sabe que una de ellas es la favorita, aunque el político, no haya dicho ni pío (como se puede observar somos generosos).
A la vista de los Proyectos presentados está claro que la favorita, no cumple con lo exigido para obtener la subvención. La otra entidad, sí cumple todos los requisitos.

Bien, los dos expedientes están ante un empleado público que tiene, en su cogote, a una persona designada por criterio político para controlar su rendimiento como trabajador.

Ve los dos expedientes y comprueba que el favorito está mal. Lo informa negativamente y propone la denegación de la subvención.

La otra entidad tiene un proyecto que se ajusta a lo exigido. Lo informa favorablemente y propone la concesión de la subvención.

Qué cree Usted; que pensará el político: ¿Qué lo hizo bien? ó ¿Qué lo hizo mal?.

jueves, 15 de abril de 2010

¿TIENES COMPLEJO DE SER, UN EMPLEADO PÚBLICO DE VINCULO LABORAL?

¿TIENES COMPLEJO DE SER, UN EMPLEADO PÚBLICO DE VINCULO LABORAL?


Es cierto, los empleados públicos tenemos una mala imagen en la ciudadanía, generalmente y cuando menos, se nos trata de enchufados (1) aunque también otras lindezas como, vagos (2). Incluso, que somos nosotros los que gastamos (3), prácticamente los fondos públicos de la administración autonómica.

También es cierto que muchos de nosotros, a veces, sentimos ese peso encima y nuestra actitud proyecta consciente o inconscientemente, cierto grado de vergüenza y de miedo, a que se nos señale.

No vamos ahora a disertar aquí, aquello de que en época de vacas gordas, de mucha bonanza económica éramos, los mierdecillas de los empleados públicos.

No señor, vamos a reflexionar sobre ese concepto que de nosotros se tiene en la calle.

Reflexionando:

1.- Somos unos enchufados:

Debemos preguntarnos si nosotros, tenemos capacidad para hacer contratos-enchufe. Podemos?

Dicho de otro modo, en una empresa cualquiera quién contrata; está claro, quien tiene capacidad para contratar es, el empresario.

Cabe concluir que, en nuestra administración autonómica la capacidad de contratar está, en los Secretarios Generales Técnicos o, en la Propia Función Pública.

Entonces, porqué no se cuestiona a esas personas que tienen ese poder y si, a la parte débil que somos nosotros. Alguien conoce a alguien, que conozca a alguien que renuncie, a la búsqueda de un puesto de trabajo. ¿Será qué no se les critica porque, como creen que es así, esperan un enchufe de quien puede hacerlo?

Porqué hay tantas sentencias, de reconocimiento de derecho al trabajo, en nuestra Administración. Acaso somos nosotros los que, nos autocontratamos en fraude de ley.

2.- Somos vagos:

Se han parado a pensar que, aunque los políticos se presenten entre ellos mociones de censura, se entretengan en las miserias de la política e incluso, se deje un Centro Directivo sin político; Todo sigue funcionando (sin más comentarios).

3.- Nos gastamos el presupuesto:

Debemos saber que casi el 70% de la actividad de esta nuestra administración autonómica está en manos de fundaciones, asociaciones, empresas públicas etc. Todo ello aderezado de subvenciones, transferencias, etc.

Súmale, lo que cobra cada político, esté en el nivel de la amplísima estructura que esté más, gastos colaterales: Traslados, dietas, coches, oficiales, gastos de protocolo y todo lo que puedas imaginar.

De lo que queda se pagan nuestras nominas, muchas mileuristas.

Nosotros somos el 30%.

Bien, visto todo esto, cabe concluir en dos supuestos:

Para el primero hay que poner en duda que la ciudadanía piense, por si misma, que somos unos vagos y unos enchufados, y porqué:

Pues, porque saben que cuando sale una plaza a oferta pública de empleo, se presentan a ella cientos de personas. Y también saben, que entre esas cientos de personas, pueden estar sus hijos, nietos, hermanos, etc.

Y cabe preguntarse entonces: Es que, los califican también a ellos, de aspirantes a enchufados y/o vagos.

Para el segundo supuesto cabe concluir que esa mala imagen está generada por los políticos para, ocultar su mala gestión de los fondos públicos, porque son ellos los que pueden hacerlo y no, nosotros.

Y también porque puede ser que estén mandando un mensaje, desde nuestro punto de vista pernicioso y es el de: Yo puedo enchufar, vótenme.

No te acomplejes por tener un empleo público. Todo el mundo, sobre todo en tiempos de vacas flacas, quiere uno.

martes, 13 de abril de 2010

¿EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ENCUBIERTO, SILENCIOSO Y GRATIS?

¿EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ENCUBIERTO, SILENCIOSO Y GRATIS?



Conoces algún funcionario que lo sea, a través de un contrato laboral?
No busques pues, es un vínculo imposible.

Pues bien, ahora párate a pensar lo que propone el borrador del anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria.

Da igual que seas fijo, o temporal, o indefinido (por sentencia o por reconocimiento, en cualquiera de sus modalidades, de la Administración)

La cuestión es que tú vínculo lo es, a través de un contrato laboral.

Una vez que funcionarizan tú plaza, qué pasa:

Conoces algún funcionario que lo sea, a través de un contrato laboral?
No busques pues, es un vínculo imposible.

Precisamente porque es imposible supone: una suspensión unilateral del contrato de trabajo y además forzosa. Ya no tienes una plaza de laboral ahora, lo es de funcionario.

Y ten en cuenta algo, si aceptas presentarte a tu propia plaza ya funcionarizada es como si aceptaras, tal suspensión de contrato. O lo que es lo mismo, pasa a ser una suspensión acordada de contrato de trabajo. O lo que es lo mismo, acabas de renunciar a todos los derechos que has conquistado durante años de trabajo.

Así las cosas,

Al fijo lo manda a promoción interna y equipara, al que no acepta renunciar a su vínculo laboral y al que renuncia presentándose y suspende, además, les advierte que su plaza es a extinguir y amortizable.

A todos los demás, funcionarizadas sus plazas los hace funcionarios interinos y, con carácter obligatorio saca las mismas a oferta pública de empleo reservándose el derecho de amortizar antes, las que considere oportunas.


¿Cuántos fijos suspenderán? ¿Cuántos no se presentaran?. Y de todos ellos, cuantas plazas son a extinguir y amortizar.

Cuantas plazas amortizarán antes de la oferta de empleo público. Cuantos aprobarán.

No se sabe pues, desde el mismo instante que consintamos en la funcionarización de nuestras plazas, estamos en sus manos.

Y porqué decimos que puede ser un expediente de regulación de empleo gratis y encubierto.

Pues ya lo ves,

Practican una suspensión unilateral del contrato de trabajo y además forzosa.
Al funcionarizar las plazas y obligarte a enfrentar las pruebas que ellos digan, para obtener la plaza que hoy es tuya, se ahorran las correspondientes indemnizaciones.
Y todo lo hacen en manifiesto silencio (o te parece poco el silencio en el que todo ha llegado) y vulnerando de forma flagrante las normas que nos protegen.

Y TENLO POR SEGURO, NO ES ASÍ COMO ESTABLECE LA REORDENACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA NI EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO NI, LA LEY DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. NO SEÑOR.


NO ESTAMOS DEMANDANDO UN FAVOR SINO, QUE MOVIENDONOS EXIGIMOS NUESTRO DERECHO A CONSERVAR NUESTRO MEDIO DE VIDA EN ATENCIÓN A LA NORMATIVA ESTABLECIDA.

Y NO CONFIES SOLO EN LA NORMATIVA QUE NOS PROTEGE PORQUE, ELLOS TAMBIEN LA CONOCEN. NO, MUEVETE PORQUE DE LO CONTRARIO ESTAREMOS VENDIDOS.

CUANDO ALGUIEN TE DIGA QUE TODO LO DICHO NO ES LO QUE SE DEBE INTERPRETAR DE LA LEY, LEETELA Y VERAS.

LEE NUESTRO APARTADO DE “BREVE EXTRACTO DE LA LEY”

CONCEPTOS CLAROS

CONCEPTOS CLAROS

Que es una externalización antes llamada, privatización:

Es en esencia, pasar un servicio público a que lo gestione una entidad privada.
Cual es la ventaja real de este hecho?: Que la administración pública se quita de encima personal y sus derechos.
Es menos costoso al erario público?: No, generalmente incluso más caro y además, generador de empleo precario.

1º Ejemplo de carácter rentable pero penoso para el ciudadano:

Las ITV en un principio y durante tres años fueron públicas. El coste de una inspección en atención a que tienen carácter obligatorio era 100 pesetas de entonces. A los tres años se privatizó (externalizó) y pasó a ser su coste, 3.000 pesetas de las de entonces.

2º Ejemplo sin ánimo de lucro, más caro para la Administración:

Cualquier ONG que lleve algún tipo de Centro/Programa/Proyecto (Menores, mayores, etc.). Se les subvenciona el personal tomando como referencia nuestro convenio único más, gastos de Gerentes (que ahora quieren hacerlos altos cargos), vehículos, combustible, alimentos, mantenimiento, equipamiento y un sinfín de cosas además, de algún tipo de beneficio empresarial.

Extinción unilateral de tu contrato de trabajo

La funcionarización de tu plaza y a los efectos jurídicos, resulta ser la extinción unilateral del contrato de trabajo. Es por ello que, en condiciones normales lo podemos ver como un despido injustificado y sin acuerdo entre las partes. Al presentarte al examen que se determine para volver a acceder a tu plaza, aceptas o renuncias a todos los derechos que tenías como laboral entendiéndose como un despido pactado. ¿Cuántos años llevas trabajando sin problemas en la realización de tu función? pues a todo eso renuncias.

Que representa nuestro Convenio Colectivo
Asegura la prevalencia de la voluntad colectiva por encima de la individual y además, la sentencia del Tribunal Constitucional 238/2005 afirma el carácter normativo que tienen legalmente reconocido los pactos sustanciales del convenio.

Te aseguro que tu contrato de trabajo es un pacto sustancial y por tanto, protegido por nuestro convenio y demás legislación aplicable.

Que es la irretroactividad de las leyes.

Esto viene a decir que una ley, cuando se promulga, no puede ser aplicada retroactivamente si es perjudicial.
Ejemplo:
Si ahora una ley dijera que para ser médico hay que estudiar 8 años no implicaría, que los que ya lo son con 5 años de estudio, dejen de ser médicos.

UN SOMERO EXTRACTO DEL BORRADOR DEL ANTEPROYECTO DE LEY

UN SOMERO EXTRACTO DEL BORRADOR DEL ANTEPROYECTO DE LEY


Esta es nuestra versión de su borrador de Anteproyecto de Ley de la Función Pública;

Hemos leído el artículo 8

Y nos hemos fijado en que,
• Personal fijo es el que ha superado unas pruebas obviamente, de concurrencia pública.
• Temporal, de duración determinada.
• Y personal laboral indefinido, según dicho artículo, el que ha conseguido tal calificación por sentencia u, otros casos a los que se les ha reconocido tal condición por similitud. “extendiéndose su duración hasta el momento en que el puesto de trabajo que les haya sido asignado sea ocupado por cualquiera de los procedimientos de provisión previstos en la normativa vigente por funcionario de carrera o personal laboral fijo o sea suprimido”
Te das cuenta que distingue al fijo de las otras dos modalidades. Bien sigamos,

Fuimos luego capaces de ir a la Disposición Adicional Decimocuarta y como sabemos leer,

En el primer párrafo nos dice que, en seis meses desde la entrada en vigor y por Decreto, se establecerá un catalogo de plazas a funcionarizar. Conste, que sabemos que a fecha de hoy, ya está hecho y además, de forma arbitraria en consonancia con el costumbrista proceder de esa Dirección General siempre tan ética.
En el segundo nos dice, el fijo se puede acoger a la Disposición Transitoria Tercera.
En el tercer párrafo, equipara al indefinido con el contrato temporal. Se le modifica la naturaleza de su contrato y se funcionariza su plaza y el titular de la plaza de la que vive, a funcionario interino.

Obligatoriamente nos fuimos a la Disposición Adicional Decimosexta

Y leímos despacio lo que dice el primer párrafo “Al personal que por fallo judicial o reconocimiento de la administración se le determine su condición de personal laboral indefinido habrá de asignársele un puesto existente o crear uno….” . A estas alturas ya estamos convencidos de que están hablando también de quienes accedieron por el plan de empleo operativo.
Segundo párrafo “El puesto que se cree………reservado a personal funcionario y el actual empleado público de vínculo laboral con muchos años de antigüedad y derechos laborales, a funcionario interino”
Tercer párrafo, “el puesto así ocupado por este personal laboral indefinido habrá de incluirse obligatoriamente en la siguiente oferta de empleo publico……”. Adiós plaza y a competir por la que fue tuya durante años, a competir desde la calle eso, si es que no la amortizan antes pues,
Remacha en el tercer párrafo, la no inclusión del que es hoy en día tu puesto de trabajo, supone que tu plaza ha sido amortizada.

Y por fin vamos a la Disposición Transitoria Tercera

Te viene a decir que tu plaza se funcionariza y tu, si quieres, te presentas o no a ella, a través de una promoción interna. O sea, te quitan de un plumazo tu plaza y si la quieres examínate, o lo que es lo mismo, te disparan primero y luego, si quieres, vas al hospital a eso, lo llaman voluntario. Borda el asunto igualando al que no quiera renunciar a su vínculo laboral con aquel que suspende y advierte que, la plaza desde ese momento es a extinguir y amortizable.

Quizás fuiste de los pocos que en un principio obtuvo una sentencia para fijo y no como para la práctica totalidad que a igual caso, obtuvo sentencia para indefinido. Bueno, desde luego la Ley no te agrupa con la definición de fijo.
Quizá eres de las personas que adquirió la condición de indefinido con el plan de empleo operativo porque, no te engañes, el contrato que te hicieron es el de indefinido aunque en tu nomina ponga fijo. Y si no, que quiere decir “Al personal que por fallo judicial o reconocimiento de la administración se le determine su condición de personal laboral indefinido habrá de asignársele un puesto existente o crear uno….”
Quizá eres fijo de acuerdo a la definición de la Ley, entonces lee lentamente la Disposición Transitoria Tercera
Quizás eres temporal y llevas muchos años con la esperanza a tus espaldas.
O quizás, en el catalogo de funcionarización no está tú plaza y te crees afortunado.

PUES DEBES SABER, Que esta pretendida Ley vulnera de plano no pocas normas como son, el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público, La Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública y otras normas como el propio Convenio Colectivo, que tiene rango normativo según sentencia del Tribunal Constitucional 238/2005.
Debes saber, y ten la certeza de que, quienes gestaron el borrador de Ley que nos afecta, lo saben.

Debes saber y que no te llamen a engaño, que la funcionarización de tú plaza rompe tú vínculo laboral, a todos. Nuestro vínculo laboral es lo que sostiene cualquiera de nuestros actuales derechos incluida, por supuesto, nuestra plaza. Si aceptamos sin más, dicho acto, estamos renunciando a la fuente de nuestro derecho. Cualquiera de estas plazas podrá ser requerida en cualquier convocatoria o sencillamente amortizada.
Lo diremos de otro modo: Estamos ante un aparente expediente de regulación de empleo encubierto, consentido y gratis pues, si quisieran hacerlo abiertamente tendría un alto coste económico en indemnizaciones y político en votos pero, si nosotros consentimos, se entiende en el ámbito jurídico, que renunciamos a cualquier derecho.
A quien no se le funcionariza su plaza, cuanta fuerza crees que tendrá entonces el convenio si el colectivo, se ve mermado sustancialmente. Cuanta seriedad esperas de quienes se cargan hoy, miles de plazas de laborales sin respeto al estado de derecho.





QUIERES QUE RESPETEN TU PLAZA.
QUIERES QUE TE RESPETEN A TI.
VAS A PERMITIR QUE PONGAN EN PELIGRO TU PUESTO DE TRABAJO, TU SUTENTO ECONOMICO.
CONSIENTES EN QUE ELIMINEN TU PLAZA DE LABORAL PARA EXAMINARTE COMPITIENDO MAÑANA Y VOLVER HA HACER LO MISMO QUE HACES HOY TODO ELLO CON EL RIESGO DE QUEDARTE EN LA CALLE.

Sabemos muchísimas más cosas, conocemos la existencia de un informe jurídico emitido por un gabinete de prestigio al respecto y nos estamos organizando. Lo importante es que leas la Ley, si te convences de nuestra opinión, súmate. Si no te convence, comparte con nosotros tus convicciones quizá, puedan ayudarnos igual que ahora lo intenta este grupo contigo. Eso sí, nosotros ya superamos los discursos tiernos y apacibles que nos dicen quienes pretenden, que no veamos, lo que sabemos leer solitos.

A la Función Pública
Quieres funcionarizar mi plaza, perfecto, pero cuando me jubile o quede vacante por cualquier otra causa en atención a derecho. Luego, sométela a oferta pública y, no olvides que es feo comerciar con ella.
Quieres dar la oportunidad de pasar a funcionario, a quien lo desee, a través de un examen para seguir haciendo lo mismo, perdiendo derechos laborales, perfecto, luego funcionariza su plaza pero,

NO TOQUES LA MIA, YO QUIERO SEGUIR SIENDO LABORAL.
YO, YA SOY EMPLEADO PUBLICO.

QUIENES SOMOS, CUAL ES NUESTRO OBJETIVO Y QUE ESTAMOS HACIENDO

QUIENES SOMOS, CUAL ES NUESTRO OBJETIVO Y QUE ESTAMOS HACIENDO


Estamos en el Edificio Príncipe Felipe que, es un Centro de Trabajo en el que están, la Dirección General de Protección del Menor y de la Familia, la Dirección General de Juventud, el Instituto Canario de Igualdad y el Centro Base.

Somos un grupo de trabajadores que comenzamos, de forma espontánea, sin tener información de ninguna Central Sindical ni de Comité de Empresa decidimos reunirnos a iniciativa propia para entender y debatir sobre el borrador de Decreto anterior al borrador del anteproyecto de Ley de la Función Pública que hoy nos ocupa.

Este grupo está compuesto por Temporales, Fijos, Indefinidos y Funcionarios. En un principio quisimos crear un correo electrónico para dar a conocer nuestras intenciones, información y conclusiones de la que disponíamos pero no sabemos como, se frustraba una y otra vez.

Hemos hecho investigación y captación de información y fuimos capaces de generar mucha más y mejor que la que aportaron las cuatro Centrales Sindicales en la asamblea que al efecto convocaron y que se celebró en el salón de actos del edificio de usos múltiples uno.


Decidimos y lo seguimos haciendo, salir cada día y plantarnos durante veinte minutos frente al edificio a modo de imagen de protesta por el borrador de una Ley tan lesiva para nuestros derechos.

Hoy, es un orgullo estar ante ti con esta WEB. Hoy ya, estamos constituidos en Plataforma y somos muchos más y, nos hemos dado en llamar:

Funcionarización. Gracias, no.

Nuestros principios de acción son;

• Hacer valer nuestro Convenio único como garante de nuestros derechos.


• Conseguir que el borrador de la nueva Ley de la Función Pública sea retirado y que no vuelva a proponerse nada parecido y en cualquier caso, luchar para evitar cualquier acuerdo o norma que ponga en peligro ninguna plaza de un empleado público de vínculo laboral.


• Erradicar para siempre jamás, la más mínima posibilidad de que se vuelva a repetir el intento de funcionarizar ninguna plaza de vínculo laboral dejando así al empleado publico afectado en franca indefensión y ante un expediente de regulación de empleo encubierto y gratis. Ello por entender que representa la extinción unilateral del contrato de trabajo con el que tantos años llevamos siendo empleados públicos.


• Obligar a las Centrales Sindicales para que exijan con contundencia que la administración respete el Convenio Colectivo en cuanto que, los convenios son norma de protección y resolución de nuestros problemas de vínculo laboral según sentencia del tribunal Constitucional nº 238/1995.

• Conseguir que las Centrales Sindicales sean custodios efectivos de nuestros puestos de trabajo.

• Convencer de que la funcionarización de una plaza de laboral solo puede darse en dos ocasiones:

Si queda vacante por jubilación, cualquier medio de promoción o muerte de su titular.
Si el titular de la plaza consiente en que se funcionarice su plaza y se someta a los requisitos que se le exijan para adquirir la condición de funcionario.


• Captar el máximo de simpatizantes entre ustedes o impulsar otro tipo de plataformas que persigan lo mismo.


• Hacer tomar conciencia de que tenemos que llegar a formar un grupo de presión en todos los sentidos incluido el de la suma de votos para las próximas elecciones. Esto lo hacen en EE.UU. tienes que tener en cuenta que cada uno de nosotros puede representar al menos seis votos esto es; marido, novio, hermano, amigo, padre, madre, etc.


Tenemos miedo si, también nos sentimos muy molestos pero todo, lo hemos metido en un saco que tiene una leyenda, coraje.

Sabemos que trataran de minimizar nuestra acción, quizá ridiculizándola pero,

Ladran los perros, preguntó Don Quijote a Sancho.
Si, respondió.
ENTONCES ES QUE ESTAMOS EN MARCHA.

1º ESCRITO DE ALEGACIONES PRESENTADO ANTE FUNCIÓN PÚBLICA

ILMO. SR. JUAN MANUEL SANTANA PÉREZ
DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DE CANARIAS




ASUNTO. Alegaciones al borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria


Los abajo firmantes, todos ellos empleados públicos sin distinción alguna, a la vista del borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria. Una vez leído y debatido. Una vez obtenido el asesoramiento jurídico, en atención al escaso tiempo disponible. Una vez repuestos de la sorpresa, sin todavía asimilar el silencio de su gestación, ante Usted en uso de la libertad de expresión y, como mejor proceda en derecho,

Ponen en su conocimiento las siguientes conclusiones:

1.- Que tiene serios visos de inconstitucionalidad en tanto en cuanto trasmuta, con carácter forzoso, el vínculo laboral en funcionarial además, imponiendo arbitrariedad y, a sabiendas de que causa la extinción del contrato de trabajo en manera y forma no existente ni, en el Estatuto de los Trabajadores ni tampoco, en el Estatuto Básico del Empleado Público.

2.- Se desprende también de su lectura que, no contento con lo relatado en el párrafo anterior fuerza al empleado público a optar a su propia plaza a través de los mecanismos que impone a sabiendas de que, de acceder a la pretensión, está suponiendo una rescisión acordada del contrato de trabajo con la inmediata perdida de todos sus derechos laborales ganados, tras años de buen hacer como empleado público de vinculo laboral y sin derecho a indemnización alguna.

3.- Siendo el Estatuto Básico del Empleado Público una norma que viene a facilitar la coexistencia y cabida de los tres grandes colectivos de empleados públicos a saber; los de vinculo laboral, funcionarial y estatutario, siendo además una norma, para la generación y consolidación de empleo de calidad, estableciendo las bases para una reordenación de las Administraciones Públicas bajo el principio de voluntariedad, en evitación de un uso pernicioso del mismo.

El pretendido texto legal que nos ocupa, y a pesar de hacer constantes referencias al Estatuto Básico del Empleado Público desprende precisamente, una manipulación interesada del mismo en pro del desempleo, sin respetar, ni tan siquiera, el derecho a la estabilidad en el empleo que, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores posee el personal laboral, y sin embargo y a través de una actuación discriminatoria hacía estos empleados públicos de vínculo laboral los subdivide en distintos tipos de relación contractual que, esa propia Dirección General de la Función Pública, ha venido gestando y/o provocando desde la misma existencia del Convenio Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

4.- De su lectura, también se desprende, un desprecio absoluto hacia el Convenio Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias en cuanto tiene

fuerza vinculante entre esa Dirección General y el Colectivo que ampara, toda vez que, dicho texto tiene carácter Normativo hecho este, constatado por Sentencia del Tribunal Constitucional 238/2005 que a Usted no se le debe esconder.

Cercena procesos iniciados y no terminados de consolidación de empleo, representa una burla hacia los órganos de representación de los trabajadores en cuanto que, provoca un cambio sustancial de las condiciones de trabajo con grave y serio riesgo de perdida de empleo, sin atenerse a la correspondiente participación de los mismos además, en tiempo y forma.


5.- Se observa que, el borrador de la futura Ley de la Función Pública Canaria pretendiendo ser un texto legal resulta más cercano a un posible, expediente de regulación de empleo encubierto y, con intenciones de gratuidad.

Por todo,

Queremos manifestar nuestra más contundente oposición al mismo.

Con la misma fuerza le hacemos saber que, nos reservamos el derecho constitucional a realizar cuantas acciones sociales preventivas podamos emprender a los efectos de que ni tan siquiera, alcance a ver la luz parlamentaria.

Todo ello porque nos asiste el derecho constitucional a un puesto de trabajo que, aún hoy es nuestro, porque no solo no sentimos complejo alguno, de nuestra condición de Empleados Públicos de vínculo laboral sino que, llevamos años de trabajo demostrando, a través de los hechos, que hacemos funcionar muchas áreas de esa función publica de la que hoy, es Usted nuestro Director General.

Porque somos conscientes de que en nuestro poder no está la gestión, ni buena ni mala de los fondos públicos y por tanto, nos oponemos a que se atisbe siquiera, amortizar con nuestro pan y el de nuestras familias, cualquier déficit público que nosotros no hemos generado.

No queremos despedirnos sin agradecerle eso sí, el detalle que ha tenido al enviar el borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria a través de un correo masivo. Es el único detalle participativo que hay en esta triste historia.
Reciba Usted un cordial saludo.

En Santa Cruz de Tenerife a de abril de 2010

lunes, 12 de abril de 2010

¿SON CASUALIDADES?

¿SON CASUALIDADES?



1ª CASUALIDAD

En las Palmas a 21 de noviembre de 2006 se firma un acuerdo de carácter plurianual entre el Gobierno de Canarias y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos para los años 2006 al 2009.

Pues bien, en su apartado 8) Viene a recoger entre otras, las siguientes lindezas;

En su título,

“Negociación de una nueva norma de Función Pública. Desarrollo de la carrera profesional y administrativa. Reconocimiento al personal laboral de la posibilidad de desarrollar una carrera profesional similar al personal funcionario. Funcionarización.”

En el segundo punto y seguido del segundo párrafo;

“Por lo tanto, una comisión abordará a partir del primer trimestre de 2007 el estudio de la modificación de nuestra norma de Función Pública y más concretamente el desarrollo de la carrera profesional y administrativa de los empleados afectados por la modificación estatutaria, comprendiendo también el personal laboral.”

Y sigue,

Funcionarización

Segundo párrafo,

“Se comenzaran los procesos de funcionarización tras los procesos de la primera promoción interna previstos en el apartado 5”


2ª CASUALIDAD

Del borrador del Anteproyecto de Ley de la Función Pública Canaria

Art.4: Concepto y clases de empleados públicos
“1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas de Canarias y en los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades del sector público de las mismas.”
Las Fundaciones Públicas son Entidades del sector público y el personal que trabaje en ellas será empleado público.
3ª CASUALIDAD
Disposición adicional décima
“Los Gerentes de las Fundaciones públicas se asimilan en el rango administrativo a los altos cargos de la Administración Pública Canaria.”
4ª CASUALIDAD
La publicación del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, marca un hito en la historia pues hace desaparecer el control previo de la Intervención y por ende de las Intervenciones Delegadas a la concesión de subvenciones. Y además, el perceptor de una subvención puede recibirla sin que hubiera justificado la anterior.
5ª CASUALIDAD
Existía un programa informático en el que se llevaban las cuentas públicas y el control de la distribución de los fondos públicos PICCAC. Funcionaba bien y era susceptible, por un relativo módico precio, de ser adaptado a mayores exigencias de la actualidad sin embargo;
Lo que hacen es encargar a una empresa alemana un programa informático nuevo denominado SEFCAN cuyo coste (que se sepa) asciende a 17 millones de euros además, de los cursos de formación correspondientes y su mantenimiento, estos últimos al Corte Ingles.
Antes de ponerlo en marcha, se cargan el anterior y dejan inoperativa la posibilidad de pagos, subvenciones etc. mientras se les dan los cursos de formación a los empleados públicos.
6ª CASUALIDAD
Entre los presupuestos generales de 2008 y 2009 en una grafica que consta en la pagina web del Gobierno de Canarias la barra significativa del capitulo 1 resulta tres veces mayor en 2009 que en 2008 hecho este que resulta imposible pues, a nadie le han estado pagando tres sueldos cada mes.
7ª CASUALIDAD
Esto dice la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria (B.O.C. 40, de 3.4.1987)
Art.50.2.b

b) Cumplir las órdenes recibidas que se refieran al servicio y formular, en su caso, las sugerencias que crea oportunas. Si las órdenes fueran, a su juicio, contrarias a la legalidad, podrá solicitar la confirmación por escrito y, una vez recibida, podrá comunicar inmediatamente por escrito la discrepancia al jefe superior, no viéndose obligado a cumplirla si éste no la reitera por escrito. En ningún caso se cumplirán las órdenes que impliquen la comisión de delito.

Artículo 59. Son faltas graves:
a) La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades con las limitaciones impuestas en el artículo 50.2.b.

Nueva ley de la función pública canaria

Art. 95.8
Obedecer las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento juicio en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.

Es curioso como, hasta en esto se han fijado. Quieren unos empleados públicos “muy obedientes”.

TODOS SOMOS EMPLEADOS PÚBLICOS

TODOS SOMOS EMPLEADOS PÚBLICOS

Hasta ahora veníamos realizando cada uno de nosotros nuestra función tranquilamente. En nuestro entorno y siempre, de una u otra manera, culmina nuestra tarea un funcionario con la firma del documento que da fe de nuestra gestión.

Así llevamos y, haciéndolo bien cada uno de nosotros, los años que de antigüedad lleves a tus espaldas.

Pero he aquí que a día de hoy, no se sabe quienes ni cuantos señalan los puestos de trabajo que quieren, con la pretensión, de cambiar tu vínculo de laboral, a funcionario y además, alegando que de esa manera tú serás, un empleado publico más eficiente y eficaz.

Así las cosas resulta, que ahora, para seguir en ese puesto de trabajo que todavía hoy es tuyo, te tienes que examinar en promoción interna si es que te consideran fijo. Y si eres empleado público de vínculo laboral por sentencia, por el plan de empleo operativo o temporal (con años de esperanza a la espalda) tu plaza, que todavía es tuya, irá a convocatoria pública y tendrás que competir ahí con miles de personas, con carreras universitarias o formación profesional recién adquirida. Se permiten decir (la administración) que se reserva el derecho de amortizar las que considere antes de la dicha oferta de empleo público o sea, que tal vez ni la tuya salga a oferta. Eso si, trata de consolarte o engañarte, diciendo que se te considerará como mérito el tiempo trabajado pero, no te dice que previamente tendrás que superar la oposición.

Y ante esto, tú dirás, es de locos, pues sí, es un tipo de locura prepotente que no encuentra resistencia para de forma silenciosa poner en marcha lo que llamamos un supuesto expediente de regulación de empleo.

Cuidado con aquellos a los que no se le funcionariza la plaza pues, estamos al amparo de un convenio colectivo:

Imaginemos que funcionarizan 70 de cada cien plazas, entonces el colectivo queda en 30. La reflexión es, si a 100 les han afectado de forma tan brutal, que no harán con 30.


Que nadie, ni administración, ni sindicatos ni compañeros te coman la oreja y te hagan creer que esto no está ocurriendo. Que si eres funcionario, eres mejor trabajador. Debes saber que el Estatuto del Empleado Público nace para dar cabida y permitir la coexistencia de los tres grandes colectivos a saber; Funcionarios, Estatutarios y Laborales.

Todos juntos llevamos años trabajando codo con codo. Todos llevamos juntos muchos años haciendo funcionar lo público. Todos somos empleados públicos. Todos tenemos amistades consolidadas en muchas horas lectivas de trabajo. Todos sabemos que estamos cobrando un salario por una contraprestación. Todos sabemos que nosotros no somos los que podemos manejar los fondos públicos. Que no somos políticos que vienen, hacen y se van (por cierto, sin superar prueba alguna de aptitud)

CUESTION DE EQUILIBRIO DE FUERZAS

CUESTION DE EQUILIBRIO DE FUERZAS

Todos sabemos lo que es el equilibrio pues bien, estamos ante una cuestión que tiene mucho que ver con el equilibrio de fuerzas y van a ver porqué:

Hay preguntas que debemos hacernos; Porqué, un borrador de anteproyecto de Ley, tan agresivo para con los empleados públicos de vinculo laboral?. Cómo pueden plantearla siquiera, de una forma tan abusiva?. Cuando se puede abusar de alguien, con tal impunidad?.

Solo cabe una respuesta máxime, cuando quien abusa depende de los votos, está obligado a salvaguardar la paz social e impulsa a los empresarios a crear empleo. La respuesta es,

¡¡¡¡¡ PORQUÉ NO ENCUENTRAN RESISTENCIA ¡!!!

Y, quienes son los que deben presentar una fuerza contraria y permanente, para impedir este tipo de agresiones, LOS SINDICATOS, en especial las áreas públicas de los mismos.

Y quienes conforman dichas áreas; pues empleados públicos de vínculo laboral que resultan electos por nosotros, para que defiendan nuestros intereses, mientras la inmensa mayoría trabajamos en nuestros respectivos Centros.

Y que instrumentos tienen para ejercer esa fuerza.

Pues tienen la Constitución Española, la Ley Orgánica de Libertad Sindical, el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto del Empleado Público, el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias y un largo etc. más.

Toda esta normativa les da una serie de derechos y entre otros, a conocer con antelación suficiente, como para intervenir, ante cualquier maniobra que en materia de personal, pretenda el empleador.

También tienen a los juzgados para denunciar ante ellos cualquier incumplimiento del empleador, en cuanto afecta a su deber de representar a los trabajadores.

Tienen a los medios de comunicación que están como vehículos de sus posturas.

Disponen de empleados públicos de vínculo laboral liberados con carácter permanente bien de forma institucional o, por acumulación de crédito horario sindical así como, de Comités de Empresa, delegados de Personal y Sindicales.

Y sin que sea lo último están también, todas aquellas mesas generales y sectoriales de las que forman parte.








Y que esperamos nosotros de nuestros representantes,

Pues algo consecuente y de carácter básico, a saber:

1) Que sean capaces de captar información, organizarla y comunicarla con la suficiente antelación.

2) Que nunca negocien nada que afecte sustancialmente a los trabajadores que representan, sin antes debatir con estos y concretar posturas a tomar.


3) Mantener con fuerza los acuerdos adoptados por los empleados públicos de vínculo laboral que representan y, defender la dignidad de los mismos.

Y si tenemos todo esto, cómo es posible que este borrador de anteproyecto de Ley llegue a nosotros en silencio, sin resistencia previa y con abuso.


EVITEMOS QUE VUELVAN A TOMAR EL PELO A LOS SINDICATOS
SECUNDEMOS CADA ASAMBLEA
HAGAMOS POSIBLE UN FRENTE COMÚN